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El Servicio de Atención al Mutualista tiene como fin la recepción y resolución de las quejas o reclamaciones presentadas por los mutualistas, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o causahabientes de cualquiera de los anteriores, referentes a los servicios prestados por la Mutualidad.

Se entiende por Queja: Las referidas al funcionamiento de los servicios prestados a los Reclamantes por las entidades y presentadas por las tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación que se observe en el funcionamiento de la Entidad.

Se entiende por Reclamación: Las presentadas por los Reclamantes de servicios prestados que pongan de manifiesto, con la pretensión de obtener la restitución de su interés o derecho, hechos concretos referidos a acciones u omisiones de las entidades que supongan para quien las formula un perjuicio para su interés o derechos por incumplimiento de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de los  Mutualistas o de las buenas prácticas y usos financieros.

Toda la información relacionada con el Servicio de Atención al Mutualista esta disponible en el Reglamento del Servicio de Atención al Mutualista.